Programa de Escuelas Sustentables 2018

Programa de Escuelas Sustentables 2018

Ganadores del Programa Municipal Escuelas Sustentables
Acta de Fallo de Escuelas G... by on Scribd

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 59 fracciones XI, XXV y XXVIII del Reglamento General del Municipio de Tlajomulco, Jalisco y en cumplimiento a lo establecido en el numeral 3.8.1 de las Reglas de Operación del Programa Municipal de Escuelas Sustentables 2018, aprobadas en el punto de acuerdo 065/2018 del H. Ayuntamiento Constitucional de Tlajomulco, Jalisco en sesión ordinaria celebrada el 23 veintitrés de marzo del año en curso, es por lo que se emite la presente:
C O N V O C A T O R I A
Mediante la cual el Municipio de Tlajomulco, a través de la Dirección General de Gestión Ambiental, Cambio Climático y Sustentabilidad, invita a alumnos, maestros, directivos y asociaciones de padres de familia de escuelas públicas de todos los niveles a participar en el:
“PROGRAMA DE ESCUELAS SUSTENTABLES 2018”
B A S E S:
1.- OBJETIVO
Contribuir a la formación de educandos desde el nivel básico, medio y superior del sector educativo público, mediante el desarrollo de un Proyecto de Acción Ambiental desde su escuela, fomentando valores, actitudes y prácticas saludables y sustentables, con alcance social y comunitario.
Aumentar la conciencia de los estudiantes sobre temas relacionados con el medio ambiente y el desarrollo sostenible, a través de la combinación entre su estudio en la clase y la acci­­­ón en su comunidad más cercana.
La entrega de apoyos económicos estará limitada a los recursos asignados al programa, para aquellos Proyectos de Acción Ambiental ejecutados por la comunidad educativa del Municipio de nivel básico, medio, superior y educación especial del sector público conforme los objetivos, reglas del Programa y categorías del mismo.
2.- COBERTURA
Escuelas públicas de todos los niveles educativos que estén ubicadas en el Municipio de Tlajomulco, Jalisco.
Maestros, alumnos, directivos, asociaciones de padres de familia de planteles e instituciones educativas del sector público, ubicadas en el territorio del Municipio de Tlajomulco, Jalisco.
3.- PRESUPUESTO
Se destinará hasta $1´000,000.00 (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), a distribuirse, a modo de premio, entre los proyectos ganadores los montos señalados en la presente Convocatoria, será mediante transferencia bancaria a cada uno de los Beneficiarios.
4.-  CATEGORIAS Y MONTOS DE LOS APOYOS DEL PROGRAMA
A los beneficiarios o ganadores del Programa se les otorgará el recurso a manera de premio, mediante transferencia bancaria a cada uno de los Beneficiarios.
Las categorías serán de acuerdo al nivel educativo de las Instituciones Públicas.
Los montos a distribuir serán conforme lo acuerde el Comité Dictaminador del Programa según la participación y calidad de los Proyectos participantes y de acuerdo a los montos totales destinados por categoría.
Los lugares de premiación y el número de premios a entregar a los Ganadores de cada categoría los definirá el Comité Dictaminador, distribuyendo los montos totales destinados a cada categoría entre los lugares y números a premiar conforme a los criterios de calificación de los Proyectos participantes.

 

Primer Lugar

Segundo Lugar

Terceros Lugares

Los que el Comité Dictaminador determine

Monto Total

Educación Superior

Los que el Comité Dictaminador determine.
 

$120,000.00

Media Superior

Los que el Comité Dictaminador determine.
 

$150,000.00

Educación Básica y Especial

Los que el Comité Dictaminador determine.
 

$730,000.00

 

 

 

 

 
TOTAL

$1´000,000.00

5.- PERIODO DE REGISTRO
Los requisitos de inscripción deberán presentarse ante la Dirección General de Gestión Ambiental, Cambio Climático y Sustentabilidad con domicilio en calle Higuera número 70, en la ventanilla 29, Centro Administrativo Tlajomulco (CAT). Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, a partir del día viernes 30 de abril al viernes 25 de mayo de 2018 en un horario de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. En caso de faltar alguno de los documentos solicitados no se recibirá la solicitud hasta en tanto se presenten los documentos completos.
6.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN AL PROGRAMA
6.1 Entregar el formato de inscripción debidamente llenado, suscrito por el responsable de la ejecución del Proyecto de Acción Ambiental, el cual deberá ser una persona mayor de edad, integrante de un plantel educativo o de la sociedad de padres de familia del mismo.
En caso de requerir asesoría, especificarlo en el formato de inscripción y presentar un oficio en el proyecto presentado.
6.2 Entregar el Proyecto de Acción Ambiental ejecutado, vinculado a alguno de los ejes del Programa, que deberá contener:
a) Una introducción en la que se expliquen las características generales del centro escolar;
b)  La información estadística y social del plantel;
c)  Lista de participantes en el desarrollo del proyecto de acción ambiental, entre los cuales se debe involucrar a un grupo de alumnos del plantel por el que participa el proyecto, con los datos completos: nombre, teléfono y correo electrónico;
d) Las características del problema que enfrenta y la referencia bibliográfica consultada para el desarrollo del proyecto de acción ambiental, respetando los derechos de autor;
e) Los objetivos que se pretenden lograr con la implementación del proyecto de acción ambiental;
f) Actividades realizadas durante el ciclo escolar inherentes al programa;
g) Materiales e insumos a utilizar en el desarrollo del proyecto de acción ambiental, y;
h) Metas específicas logradas o los avances de las mismas, con el soporte que evidencie la ejecución del proyecto de acción ambiental.
Deberá presentar el Proyecto en forma impresa, tamaño carta, sin grapas, (agrupado por medio de un “broche baco”).  Además de  siete copias en electrónico, (siete discos compactos “CD” en archivo Word, marcados directamente en la superficie del CD con marcador indeleble y el sobre, con el nombre de la Escuela, Nombre del Proyecto y el nivel educativo).
6.3 Escrito donde se establezca el beneficiario, representante de la Escuela Participante designado para recibir el recurso en caso de ser premiado, con sello de la escuela y firmado por el Directivo, Comité de Padres de Familia y participantes del proyecto. (Tres tantos)
6.4 Estado de cuenta bancario original reciente, que contenga los datos del beneficiario; Nombre del banco, nombre del beneficiario, número de cuenta y número de cuenta CLABE INTERBANCARIA en la que se realizará la transferencia bancaria en caso de ser premiado. NO BANCO AZTECA. (Anexar 2 copias legibles)
6.5 Carta compromiso de presentación de informe del destino del recurso económico entregado como premiación.
6.6 Escrito libre informando el destino, en caso ser premiado, de la aplicación del recurso al equipamiento en infraestructura, adquisición de materiales o todo lo relacionado con las mejoras del centro educativo, para fines de evaluación del Programa cumpliendo con los aspectos siguientes:
 I. Para educación básica, conforme a la ruta de mejora en el plantel educativo;
II. Para los niveles de educación básica hasta superior, estando autorizados por escrito por el Director o Rector de la institución educativa; y
 III. En ambos casos, quedando prohibido estrictamente el uso del recurso para pago de nóminas, servicios o remuneraciones personales.
 7.   DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES
7.1  DERECHOS
Participar en el Programa y recibir la orientación e información necesaria para cumplir con los requisitos establecidos.   
Ser tratados con respeto e imparcialidad.
Recibir capacitación necesaria para el desarrollo y ejecución del Proyecto.
En caso de ser Ganador (Beneficiario), a recibir el premio correspondiente.
7.2  OBLIGACIONES
Atender a los integrantes del Comité Dictaminador en la exposición y evaluación del Proyecto, designando a un encargado permanente durante el periodo de evaluación que se establezca.
Presentar el Proyecto ante el Comité Dictaminador en la Sesión en que se emita el fallo de ganadores del Programa.
Informe del destino del recurso en caso de ser Premiado, en un término de 30 días naturales después de haberlo recibido, enviando la información mediante correo electrónico culturaambientaltz@gmail.com  a la Jefatura de Cultura Ambiental.
A partir de la entrega de la Premiación presentar informes mensuales del estado del Proyecto y su seguimiento, hasta el mes de diciembre de 2018, enviándolos mediante correo electrónico culturaambientaltz@gmail.com  a la Jefatura de Cultura Ambiental.
Designar a uno o varios responsables del Proyecto que continúen con las actividades requeridas durante los periodos vacacionales.
8.-  DEL COMITÉ DICTAMINADOR
Se establece un Comité Dictaminador, que tendrá como principal función determinar a los beneficiarios del programa, así como evaluar la ejecución y resultados del mismo.
Facultades del Comité Dictaminador:

Requerir, estudiar y analizar la información, así como la documentación de los expedientes de los solicitantes que hayan cumplido con los requisitos de las presentes Reglas de Operación, así como de la información general del programa;
Determinar el Padrón de Beneficiarios del programa seleccionando a los mejores Proyectos de Acción Ambiental según las categorías del programa;
Supervisar y conocer los avances del programa y en su caso emitir las recomendaciones que se estimen pertinentes:
Determinar la forma y plazos para realizar la evaluación del programa durante su  operación y al cierre del ejercicio fiscal del año 2018.
Podrá determinar el número de lugares a premiar y la cantidad en cada uno, respetando siempre los montos totales a distribuir por cada Categoría.
Resolver todo lo no previsto en las presentes Reglas de Operación.
Tomar las decisiones objetivas basadas en los criterios establecidos en estas Reglas de Operación.

9.- DE LA PARTICIPACIÓN
La Dirección General de Gestión Ambiental, Cambio Climático y Sustentabilidad y la Jefatura de Cultura Ambiental analizarán las solicitudes de inscripción, con el objeto de verificar que cumplan con los requisitos establecidos.
Se dará preferencia a los solicitantes que presenten Proyectos de Acción Ambiental que más se apeguen al Objetivo General, Beneficios y Ejes del presente programa, así como aquellos que se encuentren completamente implementados y sólo requieran acciones de seguimiento, a juicio del Comité Dictaminador.
Se aceptarán Proyectos de Acción Ambiental que se encuentren en vías de ejecución, los cuales permitan al Comité Dictaminador prever el alcance de las metas que se establezcan, mas no aquellos que estén en etapa de planeación;
Los Proyectos de Acción Ambiental que se presenten en vías de ejecución y sean abandonados no podrán acceder a los apoyos del Programa, para tal efecto la Dirección General de Gestión Ambiental, Cambio Climático y Sustentabilidad podrá realizar las verificaciones que juzgue necesarias.
Los recursos del programa no tienen como finalidad el financiamiento para el inicio de los Proyectos de Acción Ambiental ni para el desarrollo de estudios preliminares.
Los Proyectos de Acción Ambiental que hayan participado en el Programa 2017 y que presenten el mismo Proyecto para este Programa 2018, deberán presentar mejoras significativas en los procesos, ampliaciones en las metas y objetivos. 
Para los casos no previstos, se estará a lo que resuelva el Comité Dictaminador del programa.
10.-  PADRÓN DE BENEFICIARIOS
Una vez realizada la integración definitiva del padrón de beneficiarios llevada a cabo por el Comité Dictaminador, La Dirección General de Transparencia publicará en la página de internet del gobierno municipal (www.tlajomulco.gob.mx), el Padrón de Beneficiarios del Programa, en los términos de la legislación y normatividad en materia de transparencia que le remita la Dirección General de Gestión Ambiental, Cambio Climático y Sustentabilidad.
Los resultados serán publicados del 15 al 30 de septiembre, en la página oficial del Municipio www.tlajomulco.gob.mx.
Cualquier duda o aclaración a los teléfonos 3283 4400 extensión 4300, o al correo culturaambientaltz@gmail.com
11.-  DE LAS CAUSAS DE INCUMPLIMIENTO, SUSPENSION O CANCELACION DEL  APOYO
Cualquier persona podrá denunciar el mal uso de los recursos destinados al presente programa a la Contraloría municipal, así como a las dependencias encargadas de la ejecución del mismo, estas tendrán la obligación de informar al Comité Dictaminador de tales hechos. En particular dicho Comité, determinara la baja del programa a aquellos beneficiarios que incurran en cualquiera de las siguientes causas:
 I.  Por incumplir con la presentación de los requisitos establecidos o con los criterios de elegibilidad de las presentes Reglas de Operación;
 II. Cuando los solicitantes hayan incurrido en falsedad con el objeto de obtener apoyos del programa;
 III. Cuando por parte de la institución escolar exista oposición por escrito o los beneficiarios del programa no cumplan con las actividades o Proyectos de Acción Ambiental presentados ante la entrega de apoyos; o
IV. Cuando se impida u obstaculice la función de verificación o supervisión necesarios para la evaluación del programa por parte de Contraloría, La Dirección General de Gestión Ambiental, Cambio Climático y Sustentabilidad o el Comité Dictaminador.
12.- DISPOSICIONES ADICIONALES
El Comité Dictaminador o la Contraloría municipal, cuando así lo estime necesario realizarán visitas a los planteles educativos beneficiarios del apoyo del programa para verificar el debido cumplimiento de los objetivos y Reglas de Operación del Programa.
Opciones de los beneficiarios: Los beneficiarios del programa podrán acceder a cualquier tipo de apoyos de otros programas.
Del incumplimiento de los Beneficiarios: Los beneficiarios que hagan mal uso de los apoyos en efectivo que reciban, tendrán la obligación de restituir a la Hacienda Pública Municipal el importe total que fue proporcionado en términos de lo que establece la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco.
13.- QUEJAS Y DENUNCIAS
Cualquier queja o denuncia referente a la implementación y operación de este programa deberá presentarse ante:
El Comité Dictaminador; o La Contraloría Municipal, a través de su correo electrónico jhernandez@tlajomulco.gob.mx  o a la línea anticorrupción 3283 4468.
14.- PROHIBICIONES
Los servidores públicos municipales, deberán de excusarse de recibir cualquier apoyo del Programa. Asimismo, no podrán intervenir de cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos en los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor o las personas antes referidas formen o hayan formado parte; lo anterior con fundamento en  el artículo 7, fracción II de la Ley General de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco, en correlación con el punto 1, del artículo 46 de la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco. 
 “Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político, queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.
Atentamente.
Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco; a 18 de abril 2018.
 
LIC. CARLOS JARAMILLO GÓMEZ.
PRESIDENTE MUNIPAL INTERINO DE TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO.
 
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