Convocatoria para integrar el Consejo Ciudadano Metropolitano

Convocatoria para integrar el Consejo Ciudadano Metropolitano

El Ayuntamiento de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, a través de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal de Tlajomulco de Zúñiga, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 115, fracción II párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81 Bis de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 26 fracción III y 32 de la Ley de Coordinación Metropolitana del Estado de Jalisco; 8 fracción III, 77, 80, 81, 82 y 83 del Estatuto de Coordinación Metropolitana del Área Metropolitana de Guadalajara, y el Decreto Legislativo 23021/LV111709:
CONVOCA
A todos los ciudadanos, que forman parte de los organismos sociales, asentadas en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, para que presenten sus candidaturas para elegir a dos Consejeros titulares y sus dos respectivos suplentes, para integrar el Consejo Ciudadano Metropolitano, como representantes de este municipio, de conformidad con las siguientes:
BASES
PRIMERA.- DEL CONSEJO CIUDADANO METROPOLITANO
1. EI Consejo Ciudadano Metropolitano es un órgano consultivo intermunicipal de participación ciudadana y carácter honorífico, que tendrá sede en las instalaciones del Instituto Metropolitano de Planeación y se integra por ciudadanos representantes de las asociaciones vecinales, organizaciones civiles, profesionales y académicas asentadas en el Área Metropolitana de Guadalajara.
2. Dicho Consejo, tiene por objeto participar y realizar el seguimiento y evaluación de asuntos y materias metropolitanas, así como elaborar, emitir, recibir, discutir, organizar y canalizar propuestas desde la sociedad civil, según lo establecido en la Ley de Coordinación Metropolitana del Estado de Jalisco, el Código Urbano para el Estado de Jalisco, el Estatuto Orgánico de las Instancias de Coordinación Metropolitana del Área Metropolitana de Guadalajara, los Convenios de coordinación y asociación, sus reglamentos internos, manuales administrativos y lineamientos vigentes, y otras disposiciones aplicables.
3. El Consejo Ciudadano Metropolitano será integrando por dos Consejeros titulares y sus respectivos suplentes, de cada uno de los municipios que conforman el Área Metropolitana de Guadalajara, quienes ejercerán el cargo por dos años, sin posibilidad de ser reelectos para el período inmediato posterior.
4. El Consejo Ciudadano Metropolitano tiene un Presidente el cual será electo de entres sus miembros por mayoría calificada, así mismo un Secretario Técnico cargo que recae en el Titular de la Unidad de Concertación Social del Instituto Metropolitano de Planeación.
SEGUNDA.- DE LOS REQUISITOS:
1. Los ciudadanos interesados en participar en la presente convocatoria deberán:
a) Ser propuestos por alguna organización vecinal, civil, profesional o académica, asentada en el Área Metropolitana de Guadalajara.
b) Ser ciudadano mexicano en pleno uso de sus derechos civiles y políticos, para lo cual deberá presentar copia de identificación oficial vigente.
c) Ser avecindado en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, con una residencia mínima de 3 años.
d) Presentar escrito libre con extensión máxima de una cuartilla el Currículum Vitae.
e) Presentar en escrito libre con extensión máxima de una cuartilla los motivos por los cuales desea ser Consejero Ciudadano Metropolitano.
f)  Presentar Formato de Registro debidamente llenado, el cual podrá obtener en las oficinas de la Presidencia de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y vecinal del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga ó descargarlo de la página www.imeplan.mx y www.tlajomulco.gob.mx
TERCERA.- DE LA INCOMPATIBILIDAD.
1. No podrán ser electos para integrar el Consejo los candidatos que se encuentren en los siguientes supuestos:
 
a) Ser o haber sido servidor público en los poderes, organismos constitucionales autónomos, ayuntamientos y/o sus dependencias y entidades, en cualquiera de los tres órdenes de gobierno, a menos que se hubiere separado de sus funciones con al menos un año de anticipación al día de la designación.
b) Ser ministro de culto religioso.
c) Ser integrante de las fuerzas armadas o cuerpos de policía.
d) Ser o haber sido miembro de las dirigencias partidistas o agrupaciones políticas en los tres años previos a la designación.
e) Haber participado como candidato a un puesto de elección popular en los tres años previos a la designación.
CUARTA.- DE LA ENTREGA DE PROPUESTAS.
1. Las propuestas de candidatos con sus respectivos documentos, deberán ser entregadas a más tardar el día viernes 10 de junio de 2016, físicamente en las oficinas del Regidor o Regidora Presidente de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal, misma que se encuentra en la Presidencia Municipal de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, ubicada en Calle Higuera número 70, de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas; o en formato digital al correo electrónico xcisneros@tlajomulco.gob.mx
QUINTA.- DE LA EVALUACIÓN DE CANDIDATURAS Y SELECCIÓN DE LOS CONSEJEROS.
1. La Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal en sesión que se llevará a cabo a más tardar el 24 de junio de 2016, se erigirá como evaluador de las candidaturas que se hubieran recibido, con el objeto de determinar su elegibilidad conforme a la presente convocatoria.
2. Si la Comisión, haciendo uso de las facultades para verificar la información vertida en las propuestas, advierte que alguna o algunas no cumplen con todos los requisitos que establecen en esta convocatoria, se tendrán por no presentadas dichas propuestas y en consecuencia inelegibles.
3. Una vez evaluadas las candidaturas en los términos del punto inmediato anterior, de entre aquellas que cumplan con todos los requisitos señalados en la presente convocatoria, se elegirán aleatoriamente mediante el método de insaculación a los dos consejeros titulares y dos consejeros suplentes, comenzando por el titular y continuando con su suplente.
4. El resultado del proceso de selección será inapelable.
5. La Comisión declarará desierta la convocatoria, en caso de no existir candidaturas elegibles. En este supuesto la Comisión lanzará una nueva convocatoria al día hábil siguiente, en los mismos términos de la presente, y con un plazo de duración de 15 días naturales.
6. En el caso de que los candidatos elegibles fueran en un número menor a cuatro, se procederá a la selección, y los faltantes se cubrirán mediante una segunda convocatoria cumpliendo los requerimientos del numeral inmediato anterior.
7. Las situaciones no previstas en la presente convocatoria serán resueltas por la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal.
SEXTA.- DE LA NOTIFICACIÓN.
1. Una vez que la Comisión seleccione a los dos Consejeros titulares y sus respectivos suplentes, le presentara a la Secretaría del Ayuntamiento los nombres, para que por su conducto presente la iniciativa correspondiente para su aprobación por el Pleno del H Ayuntamiento de Tlajomulco de Zúñiga, Jal, y una vez aprobado por el Pleno del Ayuntamiento se comunique al Secretario Técnico del Consejo Ciudadano Metropolitano.
2. La Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal, por conducto de su Presidencia, notificará a los ciudadanos que resulten seleccionados, dentro de los 5 días hábiles posteriores a su selección.
3. Asimismo, se les notificará a todos los participantes de la convocatoria el resultado de la selección mediante los estrados del Ayuntamiento de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, así como mediante publicación en la Gaceta Municipal.
Publíquese la presente convocatoria en las Delegaciones, Agencias Municipales, el portal de internet del Gobierno Municipal y las redes sociales del mismo.
ATENTAMENTE
En Tlajomulco de Zúñiga, JALISCO, A 11 DE MAYO DE 2016
REGIDORES INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EDILICIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y VECINAL

Regidora Xochitl Cisneros Díaz
Presidenta de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal del Ayuntamiento del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.

Regidora María Magdalena Vidrio Cárdenas
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal del Ayuntamiento del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.

Regidora Brenda Méndez  Siordia
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal del Ayuntamiento del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.

Regidora Carlota Susana Gutiérrez Ibarra
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal del Ayuntamiento del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.

Regidora Rosa María Bonilla López
Vocal de la Comisión Edilicia de Participación Ciudadana y Vecinal del Ayuntamiento del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco.

 
 
 

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