Artículo 39

El Gobierno Municipal de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, a través de la Unidad de Transparencia le da la bienvenida y pone a su disposición la información  pública que se genera en distintas dependencias municipales, cumpliendo así, con la atribución establecida en el artículo 24 fracción VI de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, con el compromiso de garantizar el derecho fundamental de acceder a la información, optimizando los mecanismos para consultar y solicitar información pública.

 

Artículo 39. Información fundamental – Municipios

 

 

1. Es información pública fundamental de los municipios:

 

I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;

II. La integración del Ayuntamiento, las comisiones edilicias y demás órganos que establezca su organigrama

III. Los bandos de policía y gobierno, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídicas expedidas por el Ayuntamiento respectivo;

IV. Las exposiciones de motivos de los reglamentos vigentes en el Municipio;

V. Los instrumentos de planeación del desarrollo del municipio

VI. Los reglamentos internos, manuales y programas operativos anuales

VII. Los órdenes del día de las sesiones del Ayuntamiento y las comisiones edilicias

VIII. El libro de actas de las sesiones del Ayuntamiento y las actas de las comisiones edilicias

IX. La gaceta municipal

X. La información de los registros públicos

XI. Los recursos materiales, humanos y financieros asignados a cada dependencia

XII. Los convenios y contratos celebrados para la realización de obra pública

XIII. Los convenios de coordinación o asociación municipal

XIV. Los convenios para la prestación de servicios públicos coordinados o concesionados

XV. El registro de los consejos consultivos ciudadanos

XVI. El registro de las asociaciones de vecinos en el municipio

XVII. El registro público de bienes del patrimonio municipal

XVIII. La relación del personal y los inventarios de bienes afectos a cada uno de los servicios públicos municipales

XIX. El Programa Municipal de Desarrollo Urbano, los planes de desarrollo urbano de centros de población, y los planes parciales de desarrollo urbano;

XX. La integración, las actas de las reuniones y los acuerdos del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano

XXI. La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Municipio