Conoce la ubicación de tu Registro Civil más cercano

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En los registros civiles puedes realizar diferentes trámites relacionados con actas de nacimiento, matrimonio, defunciones entre otros, te invitamos a acercarte en un horario de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. Conoces los distintos documentos que necesitas para realizar tu documentación.

Expedición de actas de nacimiento
- Nombre completo del interesado
- Fecha de nacimiento Si el acta de nacimiento es de otro estado es necesario presentar la Curp Registro de nacimientos •Ordinario (180  días naturales)

Requisitos:
- Certificado de médico de nacimiento en original.
- Copia de identificación Oficial (INE, pasaporte vigente, cédula profesional, carta de residencia)
- Copia de actas de nacimiento de los padres o del acta de matrimonio.
- Dos testigos con  copia de la credencial para votar. Si uno o ambos padres del registrado es menor de edad deben presentar carta de residente o pasaporte vigente y como testigos los padres del o los menores quienes deben otorgar su consentimiento para que el menor hijo pueda registrar a su bebé. En caso de presentarse solo uno de los padres del registrado, presentar copia certificada del acta de matrimonio reciente.

Extemporáneo  (después de los 180 días  naturales)
Requisitos:
- Constancia de nacimiento o acta testimonial expedida por el DIF en caso de ser mayor de 10 años.
- Acta de nacimiento o matrimonio certificada (original) y reciente (no mayor a un año de su expedición)  y en copia fiel.
- Copia de INE de los padres. Si es menor de edad presentar carta de residente expedida por la Secretaria General.
- Constancias de inexistencia expedida por el registro civil de:
- 1.- Origen (municipio de nacimiento)
- 2.- Vecindad (municipio donde vive)
- 3.-Dirección General del Archivo del Estado de Jalisco, y si nació en otro Estado  también la del archivo General de ese Estado (sólo si es mayor de 2 años).
- Comprobante de domicilio. Acudir a la Oficialía de Registro Civil del domicilio para realizar la solicitud que se presente en la Dirección de Registro Civil para la autorización del  Registro Extemporáneo

Matrimonios
Para contraer matrimonio, los contrayentes necesitan contar con 18 años de edad cumplidos a la presentación de los requisitos (art. 260 del código civil del estado de Jalisco).
Requisitos:
- Solicitud debidamente elaborada (se proporciona en la oficialía).
- CURP impresa de los contrayentes. -Acta de nacimiento original y reciente (copia fiel del libro) de los contrayentes.
- Copia de identificación oficial y vigente de los contrayentes (INE, pasaporte, cedula profesional  o carta de residente en original)
- Análisis clínicos prenupciales de los contrayentes (incluido VIH) tienen vigencia de 15 días naturales.
- Certificado médico prenupcial de los contrayentes  expedido por una institución de gobierno (Cruz verde, cruz roja, Secretaria de Salud)  Tienen vigencia de 15 días naturales.
- Formato de declaración de testigos (se expide en la oficialía).
- Constancia del curso prematrimonial  impartido por el DIF (tiene vigencia de 6 meses)

Si alguno de los contrayentes es viudo o divorciado debe presentar acta certificada y reciente no más de un año de su expedición, de divorcio o defunción.
Para extranjeros: acta de nacimiento y apostillada o legalizada  según sea el país de fecha reciente, traducida al español por un perito oficial del estado de Jalisco, y una copia del pasaporte vigente. Se recomienda agendar con una semana  de anticipación.

Reconocimiento de hijos
Requisitos:

- Formato de declaración de testigos (se expide en la oficialía).
- Constancia del curso prematrimonial  impartido por el DIF (tiene vigencia de 6 meses)
Si alguno de los contrayentes es viudo o divorciado debe presentar acta certificada y reciente no más de un año de su expedición, de divorcio o defunción.
Para extranjeros: acta de nacimiento y apostillada o legalizada  según sea el país de fecha reciente, traducida al español por un perito oficial del estado de Jalisco, y una copia del pasaporte vigente.
Se recomienda agendar con una semana  de anticipación. -En caso de que la madre sea menor de edad, debe presentar como identificación carta de residente (expedida por Secretaría General) o pasaporte vigente. Como testigos los padres de la menor de edad quienes deben otorgar su consentimiento para que se realice el reconocimiento del menor.

Divorcio Administrativo
Requisitos:
- Haber cumplido más de un año de casados.
- Ser ambos mayores de edad.
- No tener hijos menores de edad concebidos dentro del matrimonio.
- Comparecer ambos por propia voluntad.
Documentación:
- Acta de nacimiento de los interesados con fecha de expedición no mayor de un año.
- Acta de matrimonio de los interesados con fecha de expedición no mayor de un año.
- Copia de identificación oficial de los interesados.
- Copia de comprobante de domicilio a nombre de los interesados
- Certificado de ingravidez de la interesada así como también el certificado médico expedido por una institución de salud pública donde conste que es apta para en trámite de divorcio administrativo (no mayor a 15 días de expedición). 
- Escritura pública o resolución judicial en donde conste que se ha liquidado la sociedad legal o conyugal o copia del convenio de separación de bienes, según sea el régimen bajo el cual contrajeron matrimonio.
- Llenar la solicitud de Divorcio Administrativo, en la que se manifestará bajo protesta de decir verdad que los hechos declarados son ciertos y de manera explícita su voluntad de divorciarse.
- Constancia que acredite haber acudido a las junta de Avenimiento en el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Estatal o Municipal.
Inscripción de Acta de nacimiento debidamente apostillada o legalizada  según sea el país de fecha reciente (no mayor a un año de su expedición).  Y traducida al español por un perito oficial autorizado por el Poder Judicial del Estado, cuando se trate de idioma diferente al español. Copia certificada del acta de nacimiento de cualesquiera de los padres. Copia de identificación oficial y vigente de la identificación de papá o mamá que presenta el acta de nacimiento

Defunción Muerte Natural
Requisitos:
- Certificado de defunción en original
- Copia del acta de nacimiento del fallecido
- Copia de la credencial para votar del fallecido (en caso de tenerla)
- Copia de la credencial de elector vigente del declarante
- Dos testigos con copia de la credencial para votar vigente.  

Muerte violenta
- Certificado de defunción en original
- Resultado de la necropsia de ley
- Oficio de la autoridad que ordena levantar el acta de defunción
- Copia del acta de nacimiento del fallecido
- Copia de la credencial para votar del fallecido (en caso de tenerla)
- Copia de la credencial de elector vigente del declarante
- Dos testigos con copia de la credencial para votar vigente.

Conoce en el siguiente mapa la oficina de registro civil más cercana a tu domicilio.

 

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